La Caja Negra del Poder Legislativo

Isaí González y Daniel López Herrera

 

Ante el inicio de una nueva legislatura en la Cámara de Diputados y Senadores se ha desatado un ánimo de efervescencia de transformación y cambio. No obstante que los medios de comunicación brindan una especial cobertura a las sesiones en Pleno, lugar donde los legisladores presentan sus iniciativas y puntos de acuerdo, la instancia donde verdaderamente se define el rumbo y alcance de muchas políticas públicas derivadas de las leyes en México se encuentran en las Comisiones Legislativas.

 

Este sigue siendo un sitio inexplorado por los ciudadanos y de difícil acceso. Aquí es dónde se hace el trabajo fino de dictaminar las leyes cuidando aspectos lingüísticos y lógicos que evitan la aparición de lagunas, contradicciones y redundancias, pero sobre todo, garantizar que armonicen con el cuerpo de leyes existentes.

 

Una vez que está preparado el dictamen, este es votado por los miembros de la Comisión para que el documento sea devuelto al Pleno y agendado para su discusión y posterior votación ante todos los legisladores.

 

¿Por qué es importante que los ciudadanos estén enterados del trabajo que pasa en las Comisiones?

Antes de dar respuesta a este cuestionamiento, conozcamos un poco más acerca de esta instancia legislativa.

 

Designación de Comisiones

Durante la LXIII Legislatura, el Congreso de la Unión integrado por la Cámara de Diputados y Senadores contó con un total de 120 comisiones ordinarias y 60 comisiones especiales. Del total de comisiones, la Cámara de Diputados enlistó 56 ordinarias y 44 especiales lo que da un total de 100 comisiones a su cargo. Por su parte, la Cámara de Senadores se integró por 64 ordinarias y 16 especiales dando un total de 80 comisiones. Entre ambas cámaras suman un agregado de 180 comisiones (ordinarias y especiales).

 

¿Qué son las comisiones ordinarias y especiales?

De acuerdo con el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones ordinarias son órganos constituidos por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que las Cámaras cumplan con sus atribuciones constitucionales y legales.

 

Las comisiones especiales son órganos colegiados no dictaminadores cuyo objetivo es hacerse cargo de algún asunto específico y se extinguen una vez cumplido su objetivo. La existencia de dichas comisiones dependerá en gran medida de la coyuntura prevaleciente; es decir, se integrarán las comisiones necesarias que permitan el cumplimiento pleno de las funciones del congreso general.

 

¿Qué dice la Ley?

El artículo 43 de la Ley Orgánica del Congreso General señala en su párrafo primero que las comisiones ordinarias se constituirán durante el primer mes de la nueva legislatura. Con excepción de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, y la de Presupuesto y Cuenta Pública, las demás comisiones tendrán un máximo de 30 miembros pudiendo los legisladores pertenecer hasta a 3 de ellas.

 

En cuanto a su integración, el párrafo 3 y 4 del mismo artículo señala que la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) será la encargada de formular propuestas considerando la pluralidad representada en la Cámara, así como el criterio de proporcionalidad entre la integración del Pleno y la conformación de comisiones. La misma JUCOPO es la encargada de postular a los legisladores que deberán presidir las comisiones y fungir como secretarios. Para ello, debe tomar en cuenta la incorporación de los legisladores pertenecientes a los Grupos Parlamentarios de modo que se refleje la proporción que representen en el Pleno; así como la experiencia legislativa y antecedentes de los diputados.

 

El dato relevante

Cuando tenemos un Congreso Plural, sin una fuerza política dominante, el trabajo en Comisiones se fundamenta en el consenso, la discusión y el análisis, lo cual es muchas veces percibido como parálisis legislativa, ya que el dictaminar una ley en ocasiones puede llevarse varias sesiones, aquí habría que preguntarnos, si queremos calidad o cantidad.

 

Ahora bien, en un Congreso donde hay mayoría de una fuerza política, el trabajo en Comisiones se puede relajar y aprobar despreocupadamente leyes que no hayan pasado por la discusión y análisis riguroso de la técnica legislativa. Es muy fácil caer en la trampa de dar cifras respecto al número de dictámenes y leyes aprobadas. Estos datos, por ejemplo, no dicen mucho si no están en contexto.

 

Lo que México necesita no son muchas leyes, eso solamente es hacer más complejo el sistema legal del país y convertirlo en una quimera. Lo que necesitamos son “las leyes” que se requieren para promover el bienestar y desarrollo de los mexicanos, pero sobre todo, que estén bien hechas.

 

En nuestra próxima participación, describiremos algunas propuestas para mejorar el trabajo y funcionamiento del Poder Legislativo en México y cómo ambas Cámaras pueden abrir espacios para la participación ciudadana, en este complejo, pero importante proceso.

 

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